Regístrate

martes, 14 de junio de 2011

Registro de Propiedad Intelectual en Puerto Rico


1. ¿Qué es el Registro de la Propiedad Intelectual?
El Registro es un mecanismo creaado por la ley #96 del 15 de julio de 1988 para proteger los llamados derechos morales del autor puertorriqueño o del extranjero domiciliado en Puerto Rico, respecto a su creación, a saber, la conservación de la integridad, de la divulgación y la retractación de la misma dentro de las situaciones que la ley contempla.
2. ¿Qué beneficios obtendrá un autor con la inscripción de su obra en el Registro?
La inscripción permitirá solicitar remedios interdictales ("injuctions") temporeros o permanentes contra un violador de los derechos morales del autor, así como la indemnizaciones en daños y perjuicios que procedan.
Las Certificaciones que emita el Registrador sobre el contenido de las inscripciones serán documentos públicos admisibles en todo proceso judicial o administrativo.
3. ¿Qué obras no pueden inscribirse?
No son inscribibles las meras ideas, conceptos o sistemas sin incorporar en un medio de expresión contemplado por ley o incorporado en tal forma que no cumpla con la intención legislativa de proteger la creatividad del autor puertorriqueño. En este sentido debe satisfacerse un nivel mínimo pero suficiente de originalidad.
Tampoco pueden inscribirse aquellas obras creadas con el fin de anunciar o promover bienes o servicios, las de los funcionarios del Estado Libre Asociado creadas en el ejercicio de sus deberes, ni las compilaciones, antologías o compendios de fragmentos de obras de otros autores.
Por último, no son inscribibles en el Registro, los inventos de mecanismos o procesos novedosos de carácter puramente utilitario o funcional ni los nombres de productos, grupos o empresas así como tampoco los meros títulos.

1. ¿Cómo se inscribe una obra en el Registro de la Propiedad Intelectual?
Las obras tienen que presentarse personalmente por su autor o el derechohabiente legítimo. Mediante el acto de la presentación, la obra inmediatamente obtendrá toda la protección de la Ley mientras dure el período de presentación y posteriormente, una vez inscrita.
2. ¿Qué se entiende por la presentación de una obra?
La presentación de una obra es el cúmulo de gestiones que la Ley y el Reglamento requieren antes de la aceptación de la obra para su inscripción final. La presentación incluye la calificación o evaluación por el Registrador para verificar que ésta cumple con los requisitos de Ley. Una vez concluida exitosamente la calificación, el presentante cumplirá con las formalidades finales previas a la inscripción y el depósito de dos ejemplares o reproducciones encuadernadas. Se procederá entonces a la inscripción de la obra y ésta obtendrá la protección contemplada en la Ley. Sólo una sentencia final y firme de un Tribunal de Justicia podrá anular una inscripción debidamente incorporada a los libros del Registro.
3. Cuando el Registrador "califica"o evalúa una obra para determinar si ésta es inscribible, ¿se enjuicia el contenido de una obra?
En lo absoluto. El Registrador no enjuicia el contenido de una obra presentada. Sólo su forma. Es necesario determinar si la obra es el tipo contemplado por la Ley 96 como apropiada para inscripción. Por ejemplo, que no sea un invento mecánico el cual sólo es protegible por una "patente", no por "derechos de autor".
4. ¿Cuál es el costo?
La cuota de inscripción es de $30.00, en forma de Comprobante de Rentas Internas, el cual debe ser adquirido en la Colecturía Interna del Departamento de Estado, ubicada en el Centro Único de Servicios en el Edificio de Diputación Provincial.
Los costos indirectos que conlleva el proceso son los honorarios del notario que tome la declaración jurada y la encuadernación de los ejemplares a depositarse.
Anteriormente el Reglamento requería también la publicación del aviso en forma de edicto en un periódico de circulación general. Al entrar en vigor el nuevo Reglamento, el 19 de mayo del 2000, se elimina este requisito con una economía de alrededor de $45.00 dólares para el cliente y con una reducción sustancial del tiempo que toma llegar a la etapa final de inscripción.
5. ¿Es obligatoria la inscripción en el Registro Federal antes de publicar, exponer, presentar o de otra forma divulgar públicamente una obra?
Hasta el 1 de enero de 1978, de ocurrir la publicación o divulgación de una obra sin una protección prevista en la Ley Federal, el autor de la misma perdía todos sus derechos ya que ésta caía en "dominio público".
Aunque después del 1 de marzo de 1989, tanto la inscripción en el Registro Federal como el aviso de "Copyright" son opcionales para fines de la preservación del derecho éstos siguen siendo de una gran importancia. La realidad es que, de no existir una inscripción y haberse omitido o usado incorrectamente el aviso, al surgir una violación será muy difícil reivindicar el derecho en los tribunales y de poder hacerlo, se perderá unas ventajas importantes.
6. ¿Y en el Registro de la Propiedad Intelectual en Puerto Rico?
En el Registro de Puerto Rico es obligatoria la inscripción y el uso de la marca (una 'R' dentro de un triángulo) en obras inscritas y publicadas para poder reinvindicar los derechos morales en los tribunales estatales.

Protección del Autor Puertorriqueño y de sus Obras en el Extranjero
1. Si la obra de un autor puertorriqueño fuese publicada, expuesta o interpretada de forma objetable en el extranjero, ¿se le protegerán sus derechos con la inscripción en el Registro?
No. La protección del Registro Estatal se limita a la extensión territorial de Puerto Rico.
2. ¿El autor puertorriqueño está entonces indefenso si su obra fue mutilada en el extranjero?
No necesariamente. Los Estados Unidos se incorporó como país miembro de la "Convención de Berna (Suiza) para la Protección de Obras Literarias y Artísticas" en marzo de 1989 y el autor puertorriqueño, en tanto es ciudadanonorteamericano, está cubierto por sus términos.
3. La Convención de Berna, ¿protege los derechos morales?
Sí, en su VI-b. Pero los Estados Unidos, al aceptar el tratado, inicialmente excluyó este aspecto de la legislación habilitadora. Sin embargo, a partir del 1 de junio de 1991 la Ley Federal reconoce ciertos aspectos de los "derechos morales" de los "artistas visuales" reconoce aquellos derechos morales que están incorporados en el VARA
4. ¿Qué significa esto en términos de protección del derecho moral de nuestros autores?
Los autores que no sean "artistas visuales" carecen de protección en Estados Unidos en cuanto al derecho moral y en aquellos países que no son miembros de Berna aunque tengan legislación nacional que proteja el derecho moral.
5. ¿Y en los países signatarios de Berna?
Si reconocen los derechos morales en sus legislaciones nacionales, el autor puertorriqueño entonces podría demandar en aquella jurisdicción bajo los términos y condiciones localmente aplicables.
6. ¿Y respecto a la violación de los derechos económicos de nuestro autores en el extranjero?
Los Estados Unidos provee protección a sus ciudadanos sobre los derechos económicos del autor en el extranjero, en virtud de su adhesión a la Unión de Berna. Además, los Estados Unidos fue miembro fundador en el 1955 del otro gran tratado multilateral, la Convención Universal de Derechos de Autor (UCC) administrador por UNESCO. La UCC está en vigos en varios lugares que no son miembros de Berna, notablemente la Unión Soviética y muchos países de Centro América y del Caribe. La UCC no reconoce "derechos morales", sólo los económicos.


Instrucciones al Presentante de Obras para Inscripción en el Registro
  1. Llene la solicitud oficial en todas sus partes según le aplique. Deje Fecha, Número de Presentación e Identificación en blanco. Sea lo más detallado y específico posible en la descripción del contenido de su obra. A mayor detalle, mayor protección.
  2. Legalice su solicitud ante notario y llame al Registro para su cita de presentación (787) 722-2121 ext. 6262 ó 6316). Antes de juramentar asegúrese de haber contestado correctamente lo que se pide en el formulario.
  3. Acompañe la presentación con los correspondientes documentos de apoyo. Las reproducciones para depósito deben reflejar el contenido inscribible íntegro de la obra:
  • Libros, propuestas, ensayos o artículos impresos, manuscritos y programas de computadoras - Dos (2) ejemplares encuadernados. Si fuera un programa de computadora con material confidencial, del código fuente debe presentar las primeras y últimas veinticino (25) páginas suprimiendo lo confidencial. Lo suprimido no debe exceder del cuarenta (40) por ciento del texto depositado.
  • Pintura, artesanías, dibujos y fotografías - Dos (2) reproducciones fotográficas encuadernadas tamaño carta (8 x 10 ó 5 x 7).
  • Obra gráfica en multicopias - Dos (2) muestras de obra gráfica en fotos o copias firmadas y numeradas de la misma encuadernada tamaño (8 x 10 ó 5 x 7).
  • Esculturas y tallas - Dos de reproducciones en fotográfia de cuerpo entero, tamaño carta (8 x 10 ó 5 x 7) de vista frontal y lateral encuadernada.
  • Películas - Dos (2) copias en DVD.
  • Diseños arquitectónicos - Dos (2) juegos de planos encuadernados (18 x 11).
  • Composiciones o arreglos musicales - Dos (2) copias de la grabación correspondiente en CD con su estucheindividual, y dos (2) copias de la letra encuadernada tipo libro o espiral, con un índice y las páginas enumeradas en orden consecutivo en el mismo orden en que aparecen en el CD. Dos (2) copias de la partitura musical, si la hubiere.
  1. Traiga una de las siguientes piezas de identificación: Licencia de Cónducir vigente, Pasaporte Vigente, Tarjeta de Inscripción Electoral Vigente ó Identificación Oficial Vigente con foto expedida por una entidad gubernamental.
  2. Comprobante de Rentas Internas de treinta ($30.00) dólares. Debe ser adquirido en la Colecturía Interna del Departamento de Estado que se encuentra ubicada en el Edificio de Diputación Provincial, e indique al solicitarlo que es para la cuenta de "Propiedad Intelectual", Ley 96 del 1988.
  3. CASOS ESPECIALES - En los siguientes casos deberá suplirse esta documentación en adición a la identificación:
  • Extranjeros Residentes - Si es extranjero residente, traiga documentación acreditativa de residencia legal en Puerto Rico expedida por el Servicio de Inmigración de los Estados Unidos, o por un Tribunal Federal competente. Pasaporte o Tarjeta de Residente.
  • Derechohabientes Acreditados - Si es heredero o legatario acreditado, traiga documentación acreditativa de su condición consistente en Copia certificada del testamento inscrito en el Registro de Testamentos del Tribunal Supremo de Puerto Rico. Certificación acreditativa del Registro de Testamentos que el testamento no ha sido revocado ni modificado. Certificado de defunción del causante. Resolución judicial certificada sobre declaratoria de herederos, en caso de herencia intestada. De no existir testamento ni Declaratoria de Herederos deberá gestionarse la declaratoria de herederos según la ley aplicable.
  • Si es padre o madre con patria potestad del autor menor de 21 años traiga - Certificado de nacimiento del menor. Resolución judicial certificada asignándole la patria potestad, en caso de divorcio. Si es autor designado, traiga una copia certificada de la resolución judicial asignándole la tutoría. Debe traer una pieza de identificación del Menor.
  • Corporaciones o Sociedades - Si actúa como oficial autorizado de una corporación o sociedad la misma traiga la Resolución de la Junta de Directores confiriéndole tal autoridad. (corporaciones y sociedades) Certificado de Incorporación. (Corporaciones) Cesión de derechos de parte del autor real de la obra a nombre de la corporación.
  • Autores de obras deribadas - Por "obra deribada" se entiende una obra que se basa en otra anterior como la traducción de un texto o una obra de teatro adaptada de una novela. Si comparece como editor, traductor, arreglista, compendiador o autor de una obra derivada, traiga copia del contrato suscrito con el autor o derechohabiente acreditado, autorizando su actuación como tal.
Completada la presentación, reclame su recibo oficial, y firme el "Diario de Presentaciones".

Aviso importante:
El asiento de presentación inscrito en el Registro proveerá la protección completa de la Ley y sus beneficios mientras éste no se extinga o caduque.


Información suministrada por www.estado.gobierno.pr
******************************************************************************************
Si desea mayor información, complete la forma en esta página para una orientación libre de costo  y uno de nuestros expertos se comunicará con usted para orientarlo.

Artículos Relacionados:

Estadísticas sorprendentes de la Planificación Estratégica


Según un estudio realizado por los autores de “For Dummies”, se descubrió unas interesantes estadísticas que pudieran ser la causa del fracaso de muchas empresas en Puerto Rico y Estados Unidos:
  • El 95% de los empleados en una empresa no conocen la estrategia del negocio que busca la empresa desarrollar.
  • El 90% de las empresas fracasan en la implementación de las estrategias de negocios y mercadeo.
  • El 86% de los ejecutivos dedican menos de 1 hora al mes en la discusión de estrategias de negocios con sus empleados.
  • El 60% de las empresas no integran la planificación de estrategias de negocios a un presupuesto.
Lo más impactante de estas estadísticas es que demuestran que la Planificación Estratégica de tu negocio... es la VIDA del negocio. Sin planificación no hay dirección.
Si en tu negocio te has dado cuenta que tienes problemas, pero no identificas las causas es probable que necesites crear, desarrollar y establecer un Plan estratégico orientado a mercadeo y ventas. La rapidez de respuesta a las situaciones que se nos presentan en los negocios determinan la solucion efectiva de los mismos. Una buena planificación puede ser la diferencia entre el éxito o el fracaso de su negocio.
Si desea mayor información, complete la forma en esta página para una orientación libre de costo  y uno de nuestros expertos se comunicará con usted para orientarlo.

Artículos Relacionados:

Como solicito el Número Patronal para Desempleo e Incapacidad

Departamento del Trabajo y Recursos Humanos:

Mediante esta transacción un patrono podrá solicitar su número patronal para Desempleo e Incapacidad para cumplir con su responsabilidad contributiva con el Fondo del Seguro por Desempleo e Incapacidad Temporal. El patrono deberá tener al menos un empleado activo al momento de radicar esta solicitud.
Esta transacción no requiere pago.

Director:
Miguel Romero Lugo (Secretario)

Dirección Postal:
Departamento del Trabajo y Recursos Humanos
PO Box 191020
San Juan, PR
00919-1020

Cuadro Telefónico:
(787) 754-5353

Fax:
(787) 756-1149

Sitio Web:
http://www.dtrh.gobierno.pr/

Dirección Física:
Ave. Muñoz Rivera #505
Edificio Prudencio Rivera Martínez
Hato Rey
00918


**************************************************************************************

Si desea mayor información o necesita ayuda para desarrollar su negocio, puede comunicarse al (787) 313-8377 o enviar un email a info@incubopr.com

sábado, 11 de junio de 2011

Ejercicio de Planificación para su Negocio


Cuando tenemos un negocio debemos de saber que la planificación juega un papel vital en nuestro negocio. Actualmente la mayoría de los negocios no tienen un plan de cómo integrar las estrategias de mercadeo y ventas en su negocio. Los negocios no planifican para fracasar, fracasamos porque no planificamos.

Un Ciclo de Planificación se conoce como una manera de pensar una secuencia coherente de ideas para crecer su negocio. Este se compone de 5 preguntas que parecen simples pero las respuestas requieren un análisis profundo y honesto. Una recomendación es que se tome unos minutos y conteste honestamente estas 5 preguntas.Las preguntas son las siguientes:

¿Dónde Estamos?
Esta es la primera pregunta que todo empresario se debe hacer. El objetivo es definir dónde se encuentra el negocio actualmente en relación a las ventas, el servicio al cliente, el mercado, posicionamiento de la marca, estrategias de mercadeo, márgenes de ganancias, relaciones con los suplidores, manejo de costos y movimiento de inventario.

¿Por qué estamos aquí?
Una vez contestada la primera pregunta, hay que identificar la causa de porque el negocio esta donde se encuentra. Esta es la pregunta más difícil ya que la mayoría de las personas responden con justificaciones o culpando a otras personas, gobiernos, economía etc. Hay que hacer una pausa y contestas en cada una de ellas con honestidad. Es necesario buscar las conexiones, analizar las causas y los efectos, identificar las tendencias, oportunidades, fortalezas, debilidades y amenazas.

¿Dónde podría estar mi negocio?
Es esta pregunta se definen los objetivos que queremos lograr con el negocio. Se busca tener una idea clara en donde el negocio pudiera estar si se hacen las estrategias correspondientes. Es importante que se definan en orden de prioridad y un periodo. De esta forma, esta posibilidad se convierte en una meta que queremos alcanzar en el negocio. Estos objetivos deben de ser definidos a base de las ventas que se quiere lograr, nivel del servicio al cliente, el mercado que se desea impactar, posicionamiento de la marca, estrategias de mercadeo, márgenes de ganancias, relaciones con los suplidores, reducción de costos, movimiento de inventario, posición en el mercado e innovación de productos o servicio.

¿Cómo podríamos llegar allí?
Para poder cumplir con los objetivos definidos hay que establecer un plan de trabajo donde se definen las metas que se desean alcanzar y las tareas que hay que realizar para lograr esas metas. El empresario podrá pensar que es un trabajo arduo y costoso, no necesariamente tiene que ser así. La mayoría de los empresarios no visualizan que toda inversión que se hace en estrategias que buscan crecer su negocio, tienen un resultado en las ventas. Quiere decir que si invierto en mercadeo, el resultado esperado es que las ventas aumenten. Si entiende que no tiene tiempo para implementar estas estrategias, debe de considerar integrar a una persona que trabaje con estas funciones específicamente. Es importante saber que si queremos resultados diferentes, tenemos que comenzar a hacer las cosas de forma diferente.

¿Estamos llegando allí?
Una vez el plan de trabajo haya sido creado de acuerdo con su estrategia, es necesario que sea evaluada. Esta evaluación tiene como objetivo comparar lo que se debe hacer versus los que se está haciendo. Si este ejercicio es realizado de la forma correcta, probablemente se dará cuenta que la dirección en donde va su negocio es totalmente diferente a donde debería de ir. En este caso tendrá que tomar acción inmediata para que su negocio prospere. De no estás en una dirección opuesta, entonces deberá de hacer los ajustes necesarios para afinar el crecimiento de su negocio.

Este ejercicio desmantela una serie de ideas, estrategias y nuevas direcciones que el negocio puede tomar para combatir una economía difícil como la que vivimos hoy día. Es vital para el crecimiento de su negocio que continuamente desarrolle este tipo de ejercicio solo o con sus empleados. No debe de bajar la guardia, toda economía es cíclica y cambiante. Manténgase enfocado y si necesita ayuda en establecer o desarrollar este tipo de ejercicio, búsquela. Esto puede ser la diferencia entre el éxito o el fracaso.

Si desea mayor información, complete la forma en esta página para una orientación libre de costo  y uno de nuestros expertos se comunicará con usted para orientarlo.

domingo, 5 de junio de 2011

15 Formas para aumentar el Tráfico en tu Blog

Es evidente que para triunfar hay que trabajar, y que para la mayoría de los mortales, no existe una fórmula mágica que no lleve esfuerzo…

Para conseguir tráfico en una web o en un blog hay que dedicar mucho tiempo y hacer muchas pruebas, pero hay algunas cosas que nos pueden ayudar a acelerar ese proceso.

A continuación os dejo unos consejos básicos que espero que os puedan servir y que a mi juicio son imprescindibles en cualquier web.

  1. Conocer las estadísticas: es muy importante conocer los datos de visitas, esto nos da información sobre el tipo de página o post en el que el usuario se fija más, qué es lo que busca en nuestra web, qué no le gusta, lo que encuentra y lo que no llega a visitar nunca…
  2. Identificarse: al usuario le gusta saber quien está escribiendo, de este modo puede valorar la importancia que puede dar a lo que lee.
  3. Redes sociales y páginas amigas: darse a conocer en otras webs mejor posicionadas y conocidas. En muchas de ellas además es gratuito y los resultados son muy positivos. Ver post relacionado ¿Cómo conseguir más visitas?
  4. RSS en lugar visible: este servicio es muy útil para los usuarios, e indispensable para cualquier blog.
  5. Directorios: existen numerosas webs que sirven de directorio por categorías a sus usuarios. A diferencia de las redes sociales de noticias, no tendremos que meter un artículo nuestro, pero sí un texto y un título que sea muy llamativo para conseguir laatracción del usuario.
  6. No defraudar a las espectativas: una vez más insisto en que es muy importante que el usuario encuentre en nuestra web o blog lo que le hemos prometido. Si un usuario nos encuentra, por ejemplo en google, tras hacer una búsqueda específica, y al entrar no encuentra lo que le hemos prometido, el resultado es que nunca más volverá a nuestra web.
  7. Los “top post” en un blog: es un modo muy bueno de hacer ver que existe más contenido y que además es de calidad. Un buen plugin de wordpress es MostWanted
  8. Ser generoso: no hay que tener miedo a dar enlaces a sitios útiles para el lector, al contrario de lo que podamos pensar (que estamos sacando al usuario de nuestra web), lo que el usuario percibe de tu web o blog, es que es un sitio que le puede servir depunto de referencia.
  9. Ser constante: un buen amigo y experto en SEO, me dió un consejo cuando hice este blog, “crea al menos un post a la semana si quieres que te sigan”, es evidente que nuestro sitio tiene que dar la sensación de un sitio vivo y crear la expectativa del lector que espera el siguiente comentario, utilidad,…
  10. Contestar siempre: si un usuario se ha molestado en dejar un comentario o en rellenar un formulario, tenemos la obligación de contestarle, de este modo también dejamos ver que no se trata sólo de una relación virtual, hay personas detrás de las webs.
  11. Los trackbacks en los blogs: o lo que es lo mismo, la interconexión entre post de un mismo blog. Os sorprenderá ver la cantidad de visitas que recibe un post a través de otro.
  12. Colabora y no exijas: es bueno participar en otros blogs, con comentarios pensados y sin exigir desde el primer momento un enlace a tu web. Verás como con el tiempo ese enlace será de más valor que ninguno.
  13. Usar buenas fotos o gráficos: una imagen vale más que mil palabras, esto no es un tópico. Un artículo acompañado de una buena foto tiene muchisimo más impacto que otro que no lo tenga. Puedes también alojarlas en sitios como Flickr.
  14. Participar en foros o grupos de debate: esto es algo que además de enriquecer nuestros conocimientos, nos ayudará a darnos importancia o reputación ante nuestros lectores.
  15. Reciclar : si hubo hace meses un buen post que nos dió visitas y que ha quedado perdido en el desván, ¿por qué no releerlo y actualizarlo para poder darlo a conocer de nuevo y rescatar esas visitas?

Información suministrada por www.gloobs.wordpress.com

*************************************************************************************

Si desea más información o consultar con unos de nuestros especialistas puede comunicarse al (787) 299-4612 o enviar un email a info@synergypr.net