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jueves, 4 de octubre de 2012

¿Qué es la Corporación del Fondo del Seguro del Estado

¿Qué es la Corporación del Fondo del Seguro del Estado?
El Fondo del Seguro del Estado fue creado por virtud de la Ley Núm. 45 del 18 de abril de 1935, conocida como Ley del Sistema de Compensaciones por Accidentes del Trabajo. Su propósito es garantizar el derecho constitucional de todo trabajador a estar protegido contra riesgos a su salud en su lugar de empleo. El sistema de seguridad social, creado por el estatuto, está sostenido por un seguro de tipo compulsorio y exclusivo, financiado por aportaciones patronales.
 Mediante la Ley Núm. 83 del 29 de octubre de 1992, la Ley Núm. 45 fue enmendada para crear la actual Corporación del Fondo del Seguro del Estado, de acuerdo a las disposiciones de la Ley del Sistema de Compensaciones por Accidentes del Trabajo.

¿Quién es patrono?
Se considera patrono a toda aquella persona natural o jurídica, o empresa que emplea uno o más trabajadores a cambio de algún tipo de remuneración económica o en especie.
 La Ley identifica como patronos al gobierno del Estado Libre Asociado, los gobiernos municipales, juntas comisiones, autoridades, corporaciones públicas y agencias.

¿Quién es un empleado?
Toda persona al servicio de cualquier individuo, sociedad o corporación que reciba alguna compensación por el desempeño de sus deberes.

Clases de patrono
La ley define dos clases de patrono: patrono regular o permanente y patrono eventual o temporero.
 El patrono regular o permanente es aquél que genera actividades en locales o lugares con carácter continuo, recurrente, y por un período indeterminado de tiempo.
 El patrono eventual o temporero es el que desarrolla actividades en locales o lugares de índole ocasional y de tiempo limitado.

¿Quiénes están asegurados?
Todo individuo que figure como empleado de cualquier entidad privada, Gobierno Estatal y Municipal, agencias y corporaciones gubernamentales, asociaciones, juntas autoridades y comisiones.
 Están asegurados además, aquellos individuos que prestan servicios para tareas específicas por un período determinado: miembros de un jurado citados para servir en los tribunales de justicia; los asambleístas municipales; los trabajadores agrícolas; los empleados, intermediarios, ajustadores o socios industriales, así como los que ofrecen servicios de transportación de productos agrícolas y mercaderías.

¿Por qué es importante estar asegurado?
Un patrono que emplea a una o más personas está obligado por ley a asegurarlos. El patrono que cumple debidamente con el seguro obrero compulsorio, que se establece bajo la Ley Núm. 45 del Sistema de Compensaciones por Accidentes del Trabajo, recibe a cambio inmunidad patronal. Esto quiere decir que si un empleado sufre alguna lesión o accidente en su área de trabajo o en el desempeño de sus deberes, el patrono está protegido de ser demandado por ese trabajador.
 Por otro lado, ese empleado no pierde sus derechos de recibir la atención médica necesaria para atender su lesión o condición. La CFSE es la entidad gubernamental encargada de ofrecerle al trabajador todos los beneficios amparados bajo la Ley del Sistema de Compensaciones por Accidentes del Trabajo.

¿Cuáles son los requisitos del patrono para estar asegurado?
  1. Formalizar una póliza con la CFSE.
  2. Rendir la Declaración de Nóminas en o antes del 20 de julio de cada año.
  3. Pagar su prima en las fechas establecidas por el Administrador.
  4. Informar ubicación del negocio o empresa.
  5. Informar los tipos de riesgos que existen en el área de trabajo.
  6. Informar las localidades que estarían cubiertas.

Para mayor información puede comunicarse a la Oficina Central de la CFSE o visitar la Oficina Regional más cerca de su residencia.
  •  Oficina Central (787) 793-5959
  •  Región de Carolina (787) 757-6850 Región de Aguadilla (787) 882-3230
  •  Región de Humacao (787) 852-1400 Región de Arecibo (787) 878-5757
  •  Región de Mayagüez (787) 833-8700 Región de Bayamón (787) 782-8250
  •  Región de Ponce (787) 848-4545 Región de Caguas (787) 746-2010
  •  Región de San Juan (787) 282-7400
  • Requisitos para Obtener una Póliza de Seguro Obrero
Cuando el patrono visite las Oficinas Regionales para formalizar una póliza de seguro obrero deberá traer consigo la siguiente información:

Póliza Permanente Permanente y Eventual
Solicitud de Cotización de Póliza - La solicitud de cotización de póliza la puede obtener en la Oficina de Formalización de cada Oficina Regional, además, la puede acceder a través de este portal interactivo. Entre los requisitos que tiene que completar en la solicitud de pólizas están:
  1. Nombre, dirección postal, residencial y/o del negocio, teléfono y seguro social patronal.
  2. Nómina estimada desde el momento que ha de comenzar las actividades hasta el 30 de junio del año en curso.
  3. Descripción de las actividades que se han de llevar a cabo o naturaleza del negocio o industria.
  4. Localidades que han de ser aseguradas.
  5. Nombre, dirección, teléfono y nóminas estimadas de los miembros corporativos (en caso de Corporaciones).
  6. Firma del patrono.

Además, deberá traer los siguientes documentos:
  1. En casos de trabajos de construcción debe traer el contrato de construcción, carta de adjudicación del proyecto, orden de compra o cualquier otro documento oficial que indique el monto del proyecto, duración estimada, localidad donde se llevarán a cabo los trabajos y tipos de trabajo que serán realizados.
  2. En caso de necesitar la Autorización para Permisos de Construcción para la Oficina de Reglamentos y Permisos (ARPE) Estatal o Municipal, deberá traer la Solicitud para Permiso de Construcción otorgada por dicha oficina.
  3. Identificación con foto.
  4. Carta de Autorización, Esto es una carta en donde la Compañía autoriza a su representante a gestionar la póliza de seguro obrero.
  5. Copia del Certificado de Incorporación (en caso de corporaciones).
Esta información fue fue extraida de la página de internet del Fondo del Seguro del Estado. Para mas información entrar a este link http://www.cfse.gov.pr/App_Content/Area_4_1.aspx

Si desea mayor información, complete la forma en esta página para una orientación libre de costo  y uno de nuestros expertos se comunicará con usted para orientarlo.

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